La Municipalidad de Asunción, así como cada municipio de la República, ha sido creado para atender ciertos asuntos, los que define el Artículo 168 de nuestra Constitución: “Serán atribuciones de las municipalidades, en su jurisdicción territorial y con arreglo a la ley: 1. la libre gestión en materias de su competencia, particularmente en las de urbanismo, ambiente, abasto, educación, cultura, deporte, turismo, asistencia sanitaria y social, instituciones de crédito, cuerpos de inspección y de policía; …4. la regulación del monto de las tasas retributivas de servicios efectivamente prestados, no pudiendo sobrepasar el costo de los mismos; …8. la reglamentación y la fiscalización del tránsito, del transporte público y la de otras materias relativas a la circulación de vehículos…”.
“Atribución” viene del latín attributĭo, -ōnis. Significa “1. f. Acción de atribuir. 2. f. Cada una de las facultades o poderes que corresponden a cada parte de una organización pública o privada según las normas que las ordenen”. Y “atribuir” viene del latín attribuĕre. Significa “2. tr. Señalar o asignar algo a alguien como de su competencia”. “Facultad” viene del latín facultas, -ātis. Significa “1. f. Aptitud, potencia física o moral. U. m. en pl. 2. f. Poder, derecho para hacer algo”.
La Municipalidad existe, pues, para atender esos asuntos. No para otra cosa. No existe para que los políticos regalen salarios a sus leales.
Pero la ordenanza presupuestaria municipal nos muestra, a los habitantes de Asunción, que la Municipalidad no prioriza tema alguno de los mencionados en el Artículo 168 de nuestra Constitución, sino solamente la paga de salarios y gastos de funcionarios.
Para salarios, beneficios, viáticos, consultoría y gastos de funcionamiento (luz, agua, comunicaciones, transporte, mantenimiento de sus oficinas) la Municipalidad usa alrededor del noventa y tres por ciento de los ingresos tributarios presupuestados. Estos son los gastos de la burocracia.
Todo lo presupuestado para inversiones tiene origen no tributario: Royalties, ley de capitalidad, créditos.
Esa estructuración presupuestaria esconde contablemente algo mucho más grave: La ejecución presupuestaria muestra que, los ingresos tributarios no alcanzan ya para solventar los gastos de la burocracia y un porcentaje de los mismos se debe financiar con créditos encubiertos (se desvían fondos de los ingresos de origen no tributario para cubrir ese déficit).
El pasado miércoles 16, en la 9.70AM, Virina Pérez, sindicalista municipal del sector Aseo Urbano, me dijo, por ejemplo, que la Municipalidad no les compra escobas ni uniformes desde setiembre.
Durante 2012 aquel disfraz contable será particularmente efectivo, porque la Municipalidad dispondrá de aquellos recursos no tributarios como nunca antes, generando una falsa sensación de orden administrativo.
Lo cierto, sin embargo, es que los gastos de la burocracia continuarán creciendo no porque Asunción crezca, sino porque las clientelas de los políticos crecen. Esto es lo que indica la curva que grafica las contrataciones de personal en la Municipalidad: Desde 1991 hasta hoy, el personal municipal creció en más de cuatro mil contratados aunque Asunción decreció en población. Más funcionarios para menos población.
Además, se confirma que estos contratos son prebendarios (“prebenda. Del lat. praebenda. 4. f. coloq. Oficio, empleo o ministerio lucrativo y poco trabajoso”) por dos indicadores que la Municipalidad mantiene en riguroso secreto. Primero, porque no están avalados por ningún concurso de méritos y aptitudes de los que exige la ley para ingresar a la función pública. Segundo, porque la Municipalidad se niega a publicar cuántas funciones reales requiere para su desempeño eficaz.
Es decir, la Municipalidad está consumiendo recursos que no tiene ordinariamente para pagar a su burocracia y no para atender los asuntos que el Artículo 168 de nuestra Constitución quiere que atienda.
Cuando esos recursos no ordinarios dejen de fluir, la Municipalidad no solamente estará en quiebra, sino que ni prestando dinero podrá atender dichos asuntos. Es lo que está ocurriendo en Grecia, en Irlanda, en Portugal, en España y en Italia. Ya no tienen de dónde sacar el dinero.
Como los políticos griegos, irlandeses, portugueses, españoles e italianos, los de Asunción han creído que siempre tendrán esos recursos no ordinarios, pero como los europeos están viendo, el ritmo de crecimiento de gastos para la burocracia termina consumiendo incluso esos recursos, aún en el dudoso caso en que se puedan obtener indefinidamente.
Eso sin contar el hecho de que las burocracias así alimentadas agregan otro elemento para la catástrofe: Su productividad mínima, o sea, su incapacidad estructural para atender adecuadamente los asuntos que justifican su existencia, pues los burócratas no son contratados en base a criterios económicos, sino en base a criterios políticos.
Los contribuyentes griegos, irlandeses, portugueses, españoles e italianos deben asumir ahora, al final del ciclo en cada uno de sus países, no solamente haber sufrido durante años pésimos servicios públicos, sino también los costos reales de sectores públicos que funcionaron no en base a sus ingresos tributarios, sino en base a ingresos no ordinarios.
Alzas brutales en las contribuciones, cortes drásticos en las prestaciones, todo para que las burocracias sean felices y mantengan sus dispendios.
Esto, exactamente esto, es lo que pasará en Asunción gracias a tres personas, los ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia Antonio Fretes –colorado-, Víctor Núñez –colorado- y Gladys Bareiro –liberal-, que el viernes suspendieron la vigencia de dos artículos (179 y 279) de la Ley Orgánica Municipal (3966/10) que se habían establecido precisa y justamente para evitar este desarrollo.
Claro, cuando la catástrofe nos sobrevenga, esos tres ministros estarán ya gozando de sus muy buenas jubilaciones. Nuestros hijos no les importan.
Por supuesto, Fretes, Núñez y Bareiro no se dignaron a explicar de dónde sacan que pueden derogar el Artículo 168 de nuestra Constitución alegando, tal vez, los artículos referidos al funcionario público; no se dignaron a explicar por qué valen más esos artículos que los derechos del pueblo a recibir buenos servicios.
Si la Municipalidad no se dedica a atender los asuntos por los cuales fue constituida, no tiene razón de ser, no es necesaria, hay que abolirla y crear otra nueva que funcione de acuerdo al Artículo 168 de nuestra Constitución. No hay por qué pagar por algo que no sirve.
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